Primera Sentencia de Tiempo Compartido del Tribunal Supremo de España Perpetuidad

El 15 de enero de 2015 entró en vigor una sentencia del Tribunal Supremo español como consecuencia de la citada normativa.

El Tribunal falló a favor de una ciudadana noruega que argumentó que la cláusula de “ perpetuidad ” de su contrato de tiempo compartido con Anfi Resorts era ilegal según la legislación de la UE.

En este caso pionero, contra los gigantes del tiempo compartido en Gran Canaria, el tribunal dictaminó que una cláusula de “ perpetuidad ” viola la ley española, ya que un contrato de tiempo compartido firmado después del 5 de enero de 1999 no puede exceder los 50 años.

Como resultado, para la demandante, todo el contrato quedó sin efecto y el tribunal ordenó a Anfi que devolviera todos los pagos, así como todos los intereses incurridos, todos los honorarios legales y el doble de la cantidad que el cliente había pagado por su anticipo.

Posteriormente, esto tuvo un gran impacto en los propietarios de tiempo compartido que firmaron su contrato después del 5 de enero de 1999 y abrió más oportunidades para aquellos propietarios que esperaban escapar de su contrato.

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El Tribunal Supremo de España Tiempo Compartido
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